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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Composición.

Artículo 19 del Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. · BOE-A-1997-9712

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-05.

Texto consolidado

La Junta de Gobierno del Colegio estará integrada por los siguientes miembros:

1.º) Decano-Presidente.

2.º) Vicedecano.

3.º) Secretario de la Junta.

4.º) Director del Centro de Estudios Registrales.

5.º) Director del Servicio de Sistemas de Información.

6.º) Director del Servicio de Previsión Colegial.

7.º) Tesorero.

8.º) Censor-Interventor.

9.º) Director del Servicio de Coordinación de Oficinas Liquidadoras.

10) Director del Servicio Registral de Protección de los Consumidores y de Cooperación Comunitaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-06-05.

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