Artículo 19. Apoyo al estudiantado.
Artículo 19 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
1. La UNED, sus centros asociados y sus campus territoriales proporcionarán apoyo tutorial al estudiantado, así como orientación profesional para facilitar el desarrollo vocacional y la inserción laboral.
2. Para la mejora del rendimiento académico del estudiantado, la UNED establecerá medidas que garanticen un adecuado seguimiento del aprendizaje y que faciliten la asistencia efectiva del estudiantado a las pruebas de evaluación.
3. El Consejo de Gobierno aprobará, previo informe del Consejo Social, las normas que regulen el progreso y la permanencia del estudiantado en la Universidad.