El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 19. El Vicedecano.

Artículo 19 del Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. · BOE-A-2012-13732

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-07.

Texto consolidado

1. El Vicedecano sustituirá al Decano Presidente en caso de ausencia o incapacidad.

2. Será elegido, igualmente, por la Junta General para un período de cuatro años, no pudiendo ostentar el cargo más de dos períodos consecutivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-11-07.

Más artículos de Real Decreto 1460/2012

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1460/2012 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.