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Orden Vigente

Artículo 19. Informe Personal del Alumno.

Artículo 19 de la Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. · BOE-A-2021-9632

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-11.

Texto consolidado

1. De cada alumno o alumna de la enseñanza de formación se realizará un Informe Personal del Alumno (IPA), que consistirá en una evaluación para apreciar sus cualidades profesionales en relación con los principios, valores y código de conducta a los que se refiere el artículo 48.1d) de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.

2. La evaluación de estas cualidades dará lugar a una calificación académica del IPA, que será tenida en cuenta para la calificación final del alumnado, conforme a lo previsto en el artículo 23.3 de esta orden.

3. Una segunda evaluación negativa de las cualidades a las que se refiere el artículo 48.1d) de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, dará lugar al inicio del correspondiente expediente de baja, por carencia de las cualidades profesionales en relación con los principios, valores y código de conducta del Guardia Civil, por el procedimiento establecido en la normativa que regula el régimen general del alumnado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-11.

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