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Ley Foral Derogada 2 redacciones

Artículo 19. Incompatibilidades.

Artículo 19 de la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra. · BOE-A-2014-5949

Atención: Ley Foral 8/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los beneficios fiscales regulados en esta ley foral serán incompatibles, para los mismos importes, con los establecidos en la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio.

Se modifica, con efectos para periodos impositivos que se iniciena a partir de 1 de enero de 2016, por el art. 9 de la Ley Foral 23/2015, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-573.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-573.

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