Artículo 19. Creación de un Fondo para paliar gastos ligados al COVID-19.
Artículo 19 de la Ley Foral 6/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19) · BOE-A-2020-4540
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-17.
Texto consolidado
1. Se crea un Fondo de hasta 130 millones de euros, que, en su caso, podrá ser ampliable, que se aplicará en función de las necesidades, para paliar los gastos de salud, educación, políticas sociales, empleo, familias, empresas, Pymes, autónomos, conciliación laboral y familiar, protección social, ayudas al sector agrícola y ganadero y otros gastos ocasionados por el COVID-19, mediante la tramitación de las correspondientes modificaciones presupuestarias conforme a lo previsto en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.
2. Con cargo a dicho Fondo se dotará una partida de carácter ampliable de 6 millones de euros para la adquisición con carácter de urgencia de equipos de protección individual, material sanitario y pruebas de confirmación diagnóstica para COVID-19.#dd
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Decreto-ley Foral 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19)..
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