Artículo 19. Órganos de gestión y participación.
Artículo 19 de la Ley 9/2003, de 13 de junio, de la movilidad. · BOE-A-2003-14191
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-27.
Texto consolidado
Se establecen los siguientes órganos de gestión y de participación:
a) Las autoridades territoriales de la movilidad.
b) El Consejo Catalán de la Movilidad.
c) Los consejos territoriales de la movilidad.