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Ley Derogada

Artículo 19. Medidas cautelares.

Artículo 19 de la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. · BOE-A-2007-22293

Atención: Ley 49/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el supuesto de infracciones muy graves que supongan un grave riesgo para la salud física o psíquica o para la libertad de las personas con discapacidad, el órgano que tenga atribuida la competencia, en la materia que se trate, podrá acordar como medida cautelar, y por razones de urgencia inaplazables, el cierre temporal del centro o establecimiento o la suspensión del servicio, hasta tanto se subsanen por su titular las deficiencias detectadas en el mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-03-27.

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