El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 19. Disposiciones generales.

Artículo 19 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. · BOE-A-1995-7241

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-03-25.

Texto consolidado

1. Las acciones u omisiones que infrinjan lo previsto en la presente Ley generarán responsabilidad de naturaleza administrativa, sin perjuicio de la exigible en vía penal, civil o de otro orden en que puedan incurrir los responsables.

2. Cuando no sea posible determinar el grado de participación de las distintas personas que hubiesen intervenido en la realización de la infracción, la responsabilidad será solidaria, sin perjuicio del derecho a repetir frente a los demás participantes, por parte de aquél o aquéllos que hubieran afrontado las responsabilidades.

3. En ningún caso se producirá una doble sanción por los mismos hechos y en función de los mismos intereses públicos protegidos, si bien deberán exigirse las demás responsabilidades que se deduzcan de otros hechos o infracciones concurrentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-03-25.

Más artículos de Ley 3/1995

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.