Artículo 19.
Artículo 19 de la Ley 3/1991, de 21 de marzo, de elecciones a la Diputación General de La Rioja. · BOE-A-1991-7743
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-24.
Texto consolidado
De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.1 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, la Diputación General estará formada por 33 Diputados.