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Ley Vigente

Artículo 19. Infracciones graves.

Artículo 19 de la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal. · BOE-A-2011-13114

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-30.

Texto consolidado

Constituyen infracciones graves:

a) La manipulación fraudulenta o dolosa del número de depósito legal.

b) La reincidencia en la comisión de infracción leve.

c) La presentación de datos falsos por las personas obligadas a facilitarlos para la constitución del depósito legal.

d) La obstrucción a la función inspectora.

e) La negativa de los responsables de las publicaciones electrónicas en línea de acceso restringido o limitado a permitir el acceso a los centros depositarios o a quienes éstos designen, a los efectos de cumplir con su función de depósito legal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-01-30.

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