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Ley Vigente

Artículo 19. Estupefacientes y psicotropos.

Artículo 19 de la Ley 13/2007, de 22 de noviembre, de medicamentos veterinarios. · BOE-A-2008-39

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-20.

Texto consolidado

La utilización de estupefacientes y psicotropos queda sujeta a lo establecido en la legislación vigente en la materia. Será preceptiva su prescripción por veterinario, mediante receta especial. Los directores técnicos de los establecimientos de distribución y dispensación deberán supervisar el cumplimiento de la legislación específica en esta materia y exigir la adopción de las medidas adecuadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-12-20.

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