Artículo 19.
Artículo 19 de la Ley 13/1988, de 28 de octubre, de Consejos Escolares de Euskadi. · BOE-A-2012-3818
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-12-13.
Texto consolidado
Los Consejos Escolares Territoriales se constituirán en cada Territorio Histórico y estarán integrados por el Presidente, el Vicepresidente, los Consejeros y el Secretario.