Artículo 19.
Artículo 19 de la Ley 1/1991, de 4 de enero, reguladora de las Cajas de Ahorros en Aragón. · BOE-A-1991-3403
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-19.
Texto consolidado
Los bienes resultantes de la liquidación se adjudicarán a obras socioculturales radicadas en las zonas de actuación de la Caja, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente.