Artículo 19.
Artículo 19 del Instrumento de Ratificación del Convenio para la Salvaguarda del Patrimonio Arquitectónico de Europa, hecho en Granada el 3 de octubre de 1985. · BOE-A-1989-15166
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-08-01.
Texto consolidado
Las Partes se comprometen, en el marco de la legislación nacional pertinente, o de los acuerdos internacionales, a fomentar el intercambio europeo de especialistas en conservación del patrimonio arquitectónico, incluso de los responsables de seguir una formación ulterior.