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Real Decreto-ley Derogada

Artículo 19 bis. Obligación de comunicar a la entidad gestora de la prestación.

Artículo 19 bis del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital. · BOE-A-2020-5493

Atención: Real Decreto-ley 20/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con carácter anual, los servicios sociales comunicarán a la entidad gestora el mantenimiento o modificación de los informes previstos en los párrafos d) y e) del artículo 19.9, así como del informe de exclusión social establecido en el artículo 19.10.#a3

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-04.

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