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Ley Vigente

Artículo 189. Infracciones muy graves.

Artículo 189 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2019-1986

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-25.

Texto consolidado

Son infracciones muy graves:

1. La reincidencia en infracciones graves, por comisión, en el término de tres años, de más de una infracción de la misma naturaleza, cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.

2. Las acciones y omisiones consistentes en infracciones graves, cuando de ellas se deriven daños o perjuicios, de carácter irreversible para los derechos de la persona menor de edad.

3. Entregar o recibir a una persona menor de edad, eludiendo los procedimientos legales de la adopción, sin que medie compensación económica, con la finalidad de establecer una relación análoga a la de filiación, o intermediar en esta entrega.

4. Proporcionar quienes tengan atribuido el ejercicio de la guarda de una persona menor de edad protegida, un trato degradante que afecte a su dignidad, así como vulnerar, causándole un perjuicio, los derechos que tiene reconocidos en el capítulo I, del título III de esta ley y en la Ley orgánica 1/1996.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-25.

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