Artículo 189. Derechos.
Artículo 189 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son derechos del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Valladolid, además de los establecidos en los presentes Estatutos y en la legislación vigente con carácter general, los siguientes:
a) Disfrutar de los beneficios sociales que se establezcan para la comunidad universitaria.
b) Disponer de permisos retribuidos para actividades de formación y actualización profesional encaminadas a la mejora de la gestión y de la calidad de los Servicios.
c) Desarrollar su actividad garantizando el cumplimiento de las normas legales en materia de seguridad y salud laboral.
d) Disponer de facilidades para la promoción profesional en su ámbito de trabajo.
e) Recibir la formación profesional y académica necesaria para el desarrollo de sus funciones.
f) A participar en los órganos de gobierno y representación de la Universidad en los términos establecidos en los presentes Estatutos y normas de desarrollo.