El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 188.

Artículo 188 de la Ley 3/1992, de 1 de julio, del Derecho Civil Foral del País Vasco. · BOE-A-2012-2257

Atención: Ley 3/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Si, conforme al uso y costumbre del lugar, se hubiere pactado la comunidad de vida entre instituyentes, o instituyente y su cónyuge, e instituido y su cónyuge, al fallecimiento de uno de los primeros, el supérstite conservará, sin mengua alguna, los derechos y prerrogativas que se hubiesen reservado en el pacto.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOPV núm. 26, de 8 de febrero de 2000. Ref. BOE-A-2011-19664.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-12-31.

Más artículos de Ley 3/1992

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.