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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 188. La prescripción de la sanción.

Artículo 188 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. · DOCM-q-2023-90063

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-26.

Texto consolidado

1. Las sanciones muy graves prescribirán a los cinco años, las graves a los tres años y las leves al año.

2. El cómputo del plazo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-26.

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