Artículo 187. Tarifas.
Artículo 187 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-5183
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-23.
Texto consolidado
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 32.01. Permisos para la pesca en cotos:
Estos permisos se liquidan aplicando las cuotas por día y persona y se establecen, según la clase del permiso concedido, en las siguientes cuantías, por unidad:
3201.1. En cotos de pesca en general: 6,42 euros.
3201.2. En cotos de pesca intensivos: 16,09 euros.
3201.3. En coto embalse de Pinilla en temporada truchera: 6,42 euros.
3201.4. En coto embalse de Pinilla, fuera de la temporada truchera: 3,21 euros.
Tarifa 32.02. Permisos para la caza de la cabra montés y venta de ejemplares en vivo para repoblación.
3202.1 Cuota de entrada: el cazador agraciado en el sorteo de ejemplares según la clase de terrenos y tipo de cazador, deberá ingresar la cantidad de 525,50 euros en el caso de ejemplares machos y de 150 euros en el caso de ejemplares hembra, en concepto de cuota de entrada, con independencia del resultado de la cacería.
3202.2 Cuota complementaria: una vez abatida la pieza, se abonarán, en concepto de cuota complementaria, de acuerdo con la siguiente tabla y las mediciones de campo empleadas por la Junta de Homologación de Trofeos de Caza de la Comunidad de Madrid, las siguientes cantidades:
A) En el caso de ejemplares machos:
Puntos
Importe
(Euros)
Puntos
Importe
(Euros)
Puntos
Importe
(Euros)
160
383,62 €
201
966,92 €
242
4.813,63 €
161
394,13 €
202
998,47 €
243
4.939,74 €
162
404,65 €
203
1.030,00 €
244
5.065,87 €
163
415,15 €
204
1.061,52 €
245
5.191,99 €
164
425,65 €
205
1.093,05 €
246
5.318,11 €
165
436,17 €
206
1.124,58 €
247
5.444,23 €
166
446,68 €
207
1.156,11 €
248
5.570,36 €
167
457,19 €
208
1.187,64 €
249
5.696,47 €
168
467,69 €
209
1.219,17 €
250
5.822,59 €
169
478,21 €
210
1.282,24 €
251
5.948,73 €
170
488,72 €
211
1.345,30 €
252
6.074,84 €
171
499,23 €
212
1.408,35 €
253
6.200,97 €
172
509,75 €
213
1.471,41 €
254
6.327,07 €
173
520,25 €
214
1.534,47 €
255
6.453,19 €
174
530,76 €
215
1.597,54 €
256
6.579,33 €
175
541,27 €
216
1.660,60 €
257
6.705,44 €
176
551,78 €
217
1.723,66 €
258
6.831,57 €
177
562,29 €
218
1.786,72 €
259
6.957,69 €
178
572,80 €
219
1.912,84 €
260
7.083,80 €
179
583,32 €
220
2.038,96 €
261
7.209,94 €
180
593,82 €
221
2.165,08 €
262
7.336,05 €
181
604,33 €
222
2.291,21 €
263
7.462,17 €
182
614,85 €
223
2.417,32 €
264
7.588,29 €
183
625,35 €
224
2.543,44 €
265
7.714,41 €
184
635,86 €
225
2.669,56 €
266
7.840,54 €
185
646,37 €
226
2.795,69 €
267
7.966,66 €
186
656,88 €
227
2.921,81 €
268
8.092,78 €
187
667,39 €
228
3.047,93 €
269
8.218,90 €
188
677,90 €
229
3.174,06 €
270
8.408,08 €
189
688,42 €
230
3.300,16 €
271
8.660,33 €
190
698,92 €
231
3.426,30 €
272
8.975,63 €
191
714,70 €
232
3.552,41 €
273
9.353,99 €
192
730,45 €
233
3.678,53 €
274
9.774,40 €
193
746,22 €
234
3.804,66 €
275
10.257,86 €
194
761,98 €
235
3.930,77 €
276
10.804,39 €
195
777,74 €
236
4.056,91 €
277
11.413,97 €
196
809,27 €
237
4.183,03 €
278
12.086,61 €
197
840,80 €
238
4.309,13 €
279
12.822,32 €
198
872,34 €
239
4.435,26 €
280
13.621,10 €
199
903,87 €
240
4.561,38 €
200
935,40 €
241
4.687,51 €
Resto de puntos: el punto según la diferencia de los dos últimos valores referenciados.
B) En el caso de ejemplares hembra: 50 euros.
Si el cazador hiere la pieza y no puede cobrarse, tendrá que abonar, en concepto de cuota complementaria, 400 euros en el caso de los ejemplares macho y 50 euros en el caso de los ejemplares hembra.
3202.3 Venta de ejemplares en vivo para repoblación (los importes se entienden en origen, siendo por cuenta del titular del permiso todos los gastos de expedición, transporte, guía sanitaria y demás gastos vinculados):
a) Chivos hasta un año: ejemplar macho: 500 euros; ejemplar hembra: 800 euros.
b) Ejemplares hasta 3 años: ejemplar macho: 1500 euros; ejemplar hembra: 800 euros.
c) Ejemplares adultos a partir de 3 años: ejemplar macho no medallable: 3.153,03 euros; ejemplar macho medallable: conforme subtarifa 3202.2.A) -según medición; ejemplar hembra: 800 euros.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-7343.