Artículo 186. Derechos de los propietarios.
Artículo 186 de la Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria. · BOE-A-2022-13844
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-22.
Texto consolidado
Son derechos de los propietarios:
a) Recibir información del agente urbanizador sobre el desarrollo de la actuación, así como de los gastos y desembolsos realizados.
b) Presentar al Ayuntamiento y al agente urbanizador sugerencias relativas al desarrollo de la actuación.
c) Exigir del agente urbanizador la correcta ejecución del proyecto de reparcelación y de urbanización, y del Ayuntamiento la vigilancia efectiva y, en su caso, la adopción de medidas para la correcta ejecución de los mismos.
d) Manifestar discrepancias respecto de los gastos de urbanización previstos, que el Ayuntamiento resolverá previo dictamen pericial.
e) Ejercer el derecho de concesión preferente en los términos de esta ley.