Artículo 180.
Artículo 180 del Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994. · BOE-A-1994-10830
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-11-15.
Texto consolidado
(Suprimido)
Se suprime por el art. único.122 de la Reforma del Reglamento de 12 de noviembre de 2025. Ref. BOE-A-2025-23055
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-23055.