El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 18. Vicepresidencias.

Artículo 18 del Real Decreto 536/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España. · BOE-A-2025-12862

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-15.

Texto consolidado

1. Las Vicepresidencias, que se denominan 1.ª y 2.ª, asumirán por este orden las funciones de Presidencia, en los casos de ausencia, enfermedad o vacancia de ésta.

2. Las Vicepresidencias ejercerán todas aquellas funciones que les delegue la Presidencia, pudiendo ésta en cualquier momento avocar el conocimiento y resolución de los asuntos de que estén tratando.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-07-15.

Más artículos de Real Decreto 536/2025

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 536/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.