Artículo 18. Revalorización de las pensiones de Clases Pasivas.
Artículo 18 del Real Decreto 46/2021, de 26 de enero, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-1135
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-27.
Texto consolidado
Las pensiones abonadas por Clases Pasivas se revalorizarán en un 0,9 por ciento respecto de las cuantías que a las mismas hubieran correspondido a 31 de diciembre de 2020, salvo las reguladas en el título II del Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo, que se adaptarán a los importes que correspondan conforme a su legislación propia.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 46/2021, de 26 de enero, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2021.