Artículo 18. Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Artículo 18 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2023-24842
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-21.
Texto consolidado
1. El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Investigación.
2.º La Secretaría General de Universidades.
3.º La Secretaría General de Innovación.
4.º El Comisionado del PERTE para la Salud de Vanguardia, con rango de Subsecretaría.
5.º La Dirección General de Planificación, Coordinación y Transferencia de Conocimiento.
B) La Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Quedan suprimidos el Comisionado para el PERTE Aeroespacial y la Dirección General de Planificación de la Investigación.#df-3
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 1125/2023, de 19 de diciembre, por el que se crea y regula la Casa de la Arquitectura..