Artículo 18. Formación y concienciación.
Artículo 18 de la Orden TES/369/2023, de 10 de abril, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información y de los Servicios en el ámbito de la administración digital del Ministerio de Trabajo y Economía Social y se crea el Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Departamento. · BOE-A-2023-9290
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-18.
Texto consolidado
1. Todo el personal del Ministerio de Trabajo y Economía Social relacionado con la información, los servicios y los sistemas de información deberá conocer sus deberes y obligaciones en esta materia de seguridad de la información e identificar de forma inequívoca a las personas responsables de velar por su cumplimiento.
2. Para garantizar la seguridad de las tecnologías de la información aplicable a los sistemas y servicios del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el COSTIC propondrá los mecanismos necesarios para desarrollar las actividades para la concienciación y la formación específica necesaria e imprescindible, en materia de política de seguridad de la información, en todos los niveles de la organización.
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