Artículo 18. Plazo de presentación de solicitudes.
Artículo 18 de la Orden ICT/859/2019, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos industriales de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la industria manufacturera. · BOE-A-2019-11627
Atención: Orden ICT/859/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación será el que establezcan las convocatorias que se deriven de esta orden de bases, no siendo éste superior a sesenta días hábiles, a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su inadmisión.
Más artículos de Orden ICT/859/2019
- ← Artículo 17. Representación.
- → Artículo 19. Formalización y presentación de solicitudes.
- Ver la norma completa: Orden ICT/859/2019, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos industriales de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la industria manufacturera.