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Orden Vigente

Artículo 18. Modelo declaración de consumidor final.

Artículo 18 de la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos. · BOE-A-2007-20637

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-22.

Texto consolidado

Se aprueban dos modelos de declaración de consumidor final, en el ámbito del Impuesto sobre Hidrocarburos, “Declaración de consumidor final artículo 106.4 RIE suministro único” y “Declaración de consumidor final artículo 106.4 RIE varios suministros” en los términos previstos en el artículo 106, apartado 4, del Reglamento de los Impuestos Especiales, anexos L y LI respectivamente.

Téngase en cuenta que este artículo, añadido por el art. único.2 la Orden HFP/293/2018, de 15 de marzo. Ref. BOE-A-2018-3946, será de aplicación a partir del 21 de septiembre de 2018, según establece la disposición final única de la citada Orden.

Téngase en cuenta que estos dos modelos son de aplicación a partir del 21 de septiembre de 2018, según establece la disposición final única de la citada Orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-03-22.

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