Artículo 18. Resolución del contrato marco.
Artículo 18 de la Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago. · BOE-A-2010-9641
Atención: Orden EHA/1608/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Conforme a lo previsto en el artículo 21.3 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de acordarse así en el contrato marco, el proveedor de servicios de pago podrá resolver el contrato marco celebrado por un período indefinido si avisa en idénticos términos a los previstos en el artículo 11.1 y con una antelación mínima de dos meses.
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