Artículo 18. Composición.
Artículo 18 de la Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos · BOE-A-1970-263
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-03-27.
Texto consolidado
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos estará regido por una Junta directiva y los Delegados citados en el artículo 12, si en su día éstos fueron creados. La Junta directiva está compuesta por los siguientes miembros: Decano-Presidente Vicedecano, Secretario, Vicesecretario, Contador, Tesorero y como Vocales uno por especialidad aeronáutica.