Artículo 18. Pérdida de la condición de entidad de voluntariado.
Artículo 18 de la Ley 8/2006, de 10 de octubre, del voluntariado en Castilla y León. · BOE-A-2006-20184
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-19.
Texto consolidado
Serán causas de la pérdida de la condición de entidad de voluntariado:
a) La extinción de su personalidad jurídica.
b) El incumplimiento de sus fines en el ámbito de la acción voluntaria o de las obligaciones establecidas en la presente ley o en las disposiciones que se dicten para su desarrollo.
c) La promoción con fin de lucro de actividades consideradas de voluntariado o la utilización de remuneraciones o contraprestaciones de cualquier tipo, manifiestas o encubiertas, para compensar actividades de tal consideración.