Artículo 18.
Artículo 18 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión. · BOE-A-1987-10624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-12.
Texto consolidado
El Gobierno de la Nación y la Diputación General podrán disponer la difusión de todas las declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público que crean necesarias, con indicación de su origen. Por razones de urgencia, apreciadas por el órgano de procedencia, estos comunicados y declaraciones tendrán efecto inmediato.