Artículo 18.
Artículo 18 de la Ley 7/1983, de 7 de octubre, de Descentralización Territorial y Colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Region de Murcia y las Entidades Locales. · BOE-A-1984-656
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-10-15.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma podrá conceder subvenciones a las Entidades locales para realización de obras o prestación de servicios a su cargo.