Artículo 18.
Artículo 18 de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-16.
Texto consolidado
1. El Consejo Escolar de la Región de Murcia funcionará en Pleno y en Comisiones.
2. Las normas de funcionamiento del Pleno y de las Comisiones se establecerán reglamentariamente.