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Ley Vigente

Artículo 18. Presentaciones tributarias vía telemática.

Artículo 18 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos. · BOE-A-2022-21019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-30.

Texto consolidado

Las declaraciones y autoliquidaciones referidas al canon de saneamiento, regulado en la Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberán presentarse obligatoriamente por vía telemática.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-11-30.

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