Artículo 18. Datos estadísticos.
Artículo 18 de la Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible. · BOE-A-2016-4175
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-03.
Texto consolidado
De conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, la Agencia Tributaria de las Illes Balears podrá ceder los datos obtenidos de la gestión del impuesto a la consejería competente en materia de turismo, previo proceso de disociación.