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Ley Vigente

Artículo 18. Funciones y facultades.

Artículo 18 de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias. · BOE-A-2010-19046

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-26.

Texto consolidado

La Mesa Social de la Protección Civil y las Emergencias de la Comunitat Valenciana tendrá asignadas las siguientes funciones:

1. Proponer el desarrollo de actuaciones en materia de protección civil y gestión de emergencias ante la conselleria competente en la materia.

2. Impulsar ante la sociedad acciones informativas y divulgativas sobre prevención, autoprotección y actuación de los ciudadanos ante situaciones de emergencia y catástrofe.

3. Tener conocimiento de las acciones legislativas y normativas que en materia de protección civil y gestión de emergencias realice la conselleria competente en la materia.

4. Tener representación en la Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-11-26.

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