Artículo 18. Funciones y facultades.
Artículo 18 de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias. · BOE-A-2010-19046
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-26.
Texto consolidado
La Mesa Social de la Protección Civil y las Emergencias de la Comunitat Valenciana tendrá asignadas las siguientes funciones:
1. Proponer el desarrollo de actuaciones en materia de protección civil y gestión de emergencias ante la conselleria competente en la materia.
2. Impulsar ante la sociedad acciones informativas y divulgativas sobre prevención, autoprotección y actuación de los ciudadanos ante situaciones de emergencia y catástrofe.
3. Tener conocimiento de las acciones legislativas y normativas que en materia de protección civil y gestión de emergencias realice la conselleria competente en la materia.
4. Tener representación en la Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana.