El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 18. Medidas específicas de apoyo a las familias en el ámbito de la vivienda y el suelo.

Artículo 18 de la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias. · BOE-A-2011-15727

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-23.

Texto consolidado

1. Con carácter general, el Gobierno Vasco, en el marco de su política de vivienda, concederá un tratamiento singular a las familias con hijos e hijas menores de edad o personas en situación de dependencia a su cargo, así como a las familias numerosas y a las familias que se encuentren en situaciones de especial vulnerabilidad, como pueden ser las familias monoparentales, las que hayan sido objeto de violencia de género o de actos terroristas u otros tipos de familia en situaciones similares, en orden al establecimiento de cupos que faciliten el acceso de estas familias a la vivienda.

2. En particular, el Gobierno Vasco tendrá en cuenta el tamaño y composición de la unidad familiar al establecer la cuantía de la ayuda de rehabilitación de la vivienda. Del mismo modo, se primarán aquellas obras destinadas a la mejora de la vivienda tendentes a garantizar su accesibilidad.

3. El Gobierno Vasco, en el marco de su política de suelo, contemplará en los polígonos industriales o en parques empresariales la reserva de la superficie mínima necesaria para la construcción de equipamientos como guarderías y comedores de empresa, al objeto de facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-01-23.

Más artículos de Ley 13/2008

En El Vínculo puedes leer Ley 13/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.