Artículo 18. Ejecución subsidiaria.
Artículo 18 de la Ley 11/2009, de 15 de diciembre, reguladora de la Ordenación Territorial de las Telecomunicaciones de Canarias. · BOE-A-2010-1397
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-22.
Texto consolidado
En los supuestos en los que se dicte orden de retirada de las instalaciones reguladas en esta ley, si el operador responsable no las realizase en el plazo indicado en la misma, la Administración competente podrá de oficio ejecutar subsidiariamente dicha orden.