Artículo 18. Extinción de la deuda tributaria.
Artículo 18 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2022-758
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
Las deudas tributarias derivadas de las tasas podrán extinguirse, total o parcialmente, por cualquiera de las formas y con los requisitos previstos en la normativa tributaria.