Artículo 18. Criterios de valoración.
Artículo 18 de la Ley 10/2010, de 21 de octubre, de promoción de la seguridad y salud en el trabajo en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-2706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-22.
Texto consolidado
Cuando la naturaleza, finalidad u objeto de la subvención así lo justifiquen, las bases reguladoras de las subvenciones podrán incluir entre los criterios objetivos de otorgamiento, la valoración de actuaciones de las personas solicitantes dirigidas a promover la seguridad y salud en el trabajo, pudiendo tener en cuenta aspectos tales como la ejecución de las medidas previstas en la planificación preventiva o el índice de siniestralidad.