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Ley Derogada

Artículo 18. Valorización.

Artículo 18 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. · BOE-A-1998-9478

Atención: Ley 10/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno, sin perjuicio de las normas adicionales de protección que dicten las Comunidades Autónomas, establecerá los requisitos de las plantas, procesos y productos de la valorización, con especificación de las exigencias de calidad y las tecnologías a emplear, las cuales podrán ser modificadas teniendo en cuenta las tecnologías menos contaminantes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-05-12.

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