Artículo 18. Información sobre endeudamiento.
Artículo 18 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2022-8187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-22.
Texto consolidado
Las administraciones públicas y su sector público instrumental deben publicar la información siguiente:
1. La deuda pública de la administración, con indicación de su evolución y el endeudamiento relativo por habitante, respecto al PIB y respecto al presupuesto de ingresos.
2. El grado de cumplimiento de los objetivos de déficit y los planes para su cumplimiento.
3. El índice de solvencia a corto y largo plazo.
4. Las operaciones de préstamo, crédito y emisiones de deuda pública en todas sus modalidades realizadas.
5. Los avales y garantías prestadas en cualquier clase de crédito.
6. Las operaciones de arrendamiento financiero.