Artículo 18. Acceso a fuentes de prueba.
Artículo 18 de la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales. · BOE-A-2019-2364
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-13.
Texto consolidado
Quien ejercite o vaya a ejercitar una acción civil de defensa de secretos empresariales podrá solicitar del Juzgado de lo Mercantil que haya de entender de ella la adopción de medidas de acceso a fuentes de prueba por los cauces previstos en los artículos 283 bis a) a 283 bis h) y 283 bis k), de la Ley de Enjuiciamiento Civil.