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Ley Vigente

Artículo 18. Certificación Energética.

Artículo 18 de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9936

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-14.

Texto consolidado

1. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha procederá a implantar los sistemas y medidas de control necesarias, a efectos de acreditación y certificación y de garantizar el mayor ahorro y eficiencia energética, para aquellas instalaciones con unos determinados niveles de consumo.

2. Las determinaciones técnicas y procedimiento de expedición de las certificaciones energéticas por parte del órgano competente en materia de energía se regularán reglamentariamente para cada sector de actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-14.

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