Artículo 18.
Artículo 18 del Decreto 984/1967, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre que regula los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos. · BOE-A-1967-7578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1967-06-06.
Texto consolidado
Cuando sea nombrado Juez especial para la instrucción de determinado expediente, dependerá del Presidente del Tribunal Marítimo Central para el desempeño de su cometido.