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Ley Derogada

Artículo 175. Contenido del Proyecto de Reparcelación.

Artículo 175 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana. · BOE-A-2006-2975

Atención: Ley 16/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El contenido de la reparcelación se concretará en un proyecto, que constará de los siguientes documentos:

a) Memoria.

b) Relación de propietarios e interesados.

c) Descripción de las fincas o partes de fincas aportadas a la Reparcelación.

d) Propuesta de adjudicación de las fincas resultantes.

e) Tasación de los derechos, edificaciones, construcciones o plantaciones que deban extinguirse o destruirse para la ejecución del plan.

f) Cuenta de liquidación provisional respecto a cada propietario.

g) En su caso, memoria de fijación de cuotas de urbanización en los términos establecidos en la presente Ley.

h) Planos.

2. La documentación anterior podrá reducirse o ampliarse en congruencia con el contenido efectivo de la reparcelación en cada caso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-01.

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