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Acuerdo Derogada

Artículo 174. Obligaciones docentes, de tutoría y de permanencia.

Artículo 174 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909

Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Consejo de Gobierno, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijará las obligaciones docentes, de tutoría y de permanencia del profesorado de acuerdo con su régimen de dedicación. La coordinación y supervisión de su cumplimiento corresponderán al Centro o Departamento, de acuerdo con sus respectivas competencias.

2. Los permisos a los profesores según su dedicación, para la realización de actividades docentes, investigadoras o de otro tipo, fuera de la Universidad de Valladolid, en horario y período de actividad académica serán regulados por el Consejo de Gobierno.

3. El profesorado estará sometido a las directrices adoptadas sobre la organización de las enseñanzas por los órganos de gobierno de la Universidad, en sus respectivas competencias, y, en su caso, a las estipulaciones especificadas en los respectivos contratos.

4. La docencia en programas de máster y doctorado será contabilizada a todos los efectos como parte de las obligaciones docentes que correspondan al profesorado, cuando la lleven a cabo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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