Artículo 171.
Artículo 171 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. · BOE-A-1990-19817
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-10-01.
Texto consolidado
El aprovechamiento de la caza de los cotos constituidos con inclusión de terrenos comunales se regirá por la normativa foral reguladora de la materia.